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Resolución Anulada por Falta de Justificación Jurídica en Favor de Colonias Felinas de Paterna

GANAN LAS ALIMENTADORA Y GANAN LAS COLONIAS FELINAS FRENTE AL AYUNTAMIENTO DE PATERNA.

En un fallo sin precedentes, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 10 de Valencia ha emitido una sentencia histórica a favor de las colonias felinas, declarando nula la resolución emitida por el Ayuntamiento de Paterna que desautorizaba y multaba a una alimentadora de gatos sin un fundamento jurídico sólido.

La resolución judicial es el resultado de un recurso presentado por una alimentadora de colonias felinas en Paterna, quien desafió la decisión del Ayuntamiento de desautorizar y sancionar sus acciones de alimentar a los gatos sin seguir el procedimiento establecido por la administración local.

En su fallo, el Juzgado señala que el Ayuntamiento no ha proporcionado justificación adecuada para sus acciones, afirmando: «…El Ayuntamiento no justifica las alegaciones que formula, por lo que desconocemos los requisitos y condiciones para poder considerar a un grupo de gatos como colonia felina susceptible de ser censada, desconociendo, en consecuencia, cuál es el motivo de la denegación del alta en el censo municipal de las colonias felinas objeto de la resolución recurrida.»

Además, la sentencia destaca que la resolución viola el artículo 24 de la Constitución al causar indefensión a la parte afectada debido a la falta absoluta de motivación. En virtud de estos argumentos, la sentencia declara la nulidad de la resolución, retrotrayendo las actuaciones al momento previo a la decisión impugnada, que deberá resolverse de manera motivada.

Este fallo destaca la importancia de seguir los procedimientos administrativos adecuados y subraya que las colonias felinas no deben ser tratadas a la ligera. «Va siendo hora de que la Administración sea consciente de que no se trata solo de gatos, sino que, entre otras cuestiones, hay un procedimiento administrativo que ha de cumplir y, en caso contrario, el procedimiento deviene NULO», enfatizó el tribunal.

Es crucial destacar que esta sentencia no se basa en la Ley 7/2023 de Protección de los Derechos y Bienestar de los Animales, lo que resalta la necesidad de un enfoque más integral y respetuoso hacia la gestión de las colonias felinas.

La Asociación GATS de La Canyada, Paterna, merece un reconocimiento especial por su incansable lucha en la defensa de los derechos de las colonias felinas. Su compromiso ha sido fundamental para lograr esta decisión judicial, que no solo beneficia a las alimentadoras, sino también a las colonias felinas que dependen de su cuidado y protección.

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